Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Octubre de 2007 (Tesis num. I.13o.A.133 A de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-10-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.13o.A.133 A
Fecha de publicación01 Octubre 2007
Fecha01 Octubre 2007
Número de registro170995
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Administrativa

El artículo 58, fracción I, inciso a), de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que las instituciones que componen el sistema financiero que efectúen pagos por intereses, deberán retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional, y dispone que la retención se enterará ante las oficinas autorizadas, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel al que corresponda; así como que no se efectuará tal retención tratándose de intereses que se paguen a la Federación, los Estados, al Distrito Federal o a los Municipios. Ahora bien, el Tribunal Electoral del Distrito Federal surge a la vida jurídica e institucional con motivo de la reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 1997, e inició sus funciones con la expedición del primer Código Electoral del Distrito Federal que entró en vigor el 6 de enero de 1999 como un órgano público autónomo e independiente, lo cual quiere decir que en su funcionamiento no está sujeto a la intervención de los Poderes Locales y que goza de cabal libertad para la toma de sus decisiones, pero ello no significa que no forme parte del Distrito Federal; tan es así que su creación se fundamenta en el artículo 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso f), de la Constitución...

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