Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Octubre de 2011 (Tesis num. I.6o.P.136 P (9a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-10-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.P.136 P (9a.)
Fecha de publicación01 Octubre 2011
Fecha01 Octubre 2011
Número de registro160917
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro I, Octubre de 2011, Tomo 3; Pág. 1625
MateriaConstitucional,Penal,Derecho Penal,Derecho Constitucional

La falta de firma del J. en la diligencia relativa a la declaración preparatoria no es motivo para reponer el procedimiento, si se advierte que se cumplieron, a favor del inculpado, las garantías contenidas en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, esto es, cuando en dicha diligencia se aprecia que: se le nombró y estuvo asistido de su defensor; se hicieron de su conocimiento los derechos inherentes de que no estaba obligado a declarar y ejerció ese derecho; podía ser careado con las personas que deponían en su contra; se le recibirían los testigos y demás pruebas que ofreciera concediéndole el tiempo que la ley establece; le serían facilitados todos los datos para su defensa; se le sentenciaría en los plazos que establece la ley salvo que solicitara un plazo mayor para su defensa; se le informó de la forma en que cumpliría la condena en caso de ser sentenciado con pena de prisión y su duración; asimismo, se le hizo saber la naturaleza y causa de la acusación, los nombres de sus acusadores y testigos que deponían en su...

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