Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 1 de Octubre de 2011 (Tesis num. XV.2o.32 K (9a.) de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 01-10-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.2o.32 K (9a.)
Fecha de publicación01 Octubre 2011
Fecha01 Octubre 2011
Número de registro160780
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro I, Octubre de 2011, Tomo 3; Pág. 1711
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

La resolución emitida por el a quo dentro del incidente innominado de imposibilidad material y jurídica para cumplir la sentencia de amparo, en la que no se determina tal imposibilidad, sino que no existe materia para el cumplimiento de la ejecutoria de amparo al haberse restituido al quejoso en el goce de sus garantías individuales, no es impugnable a través del recurso de queja previsto en la fracción X del artículo 95 de la Ley de Amparo, ya que dicha determinación no encuadra en la hipótesis contenida en esa fracción.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

Queja 114/2008. Casas Eternas, S.A. de C.V. 26 de noviembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: S.J.C.R.. Secretaria: L.C.L.A..


Nota: La tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., febrero de 2009, página 2027, con el rubro: "QUEJA. ES IMPROCEDENTE DICHO RECURSO CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL A QUO QUE...

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