Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 1 de Octubre de 2011 (Tesis num. VI.T.96 L (9a.) de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 01-10-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.T.96 L (9a.)
Fecha de publicación01 Octubre 2011
Fecha01 Octubre 2011
Número de registro160908
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro I, Octubre de 2011, Tomo 3; Pág. 1632
MateriaLaboral

De la interpretación sistemática de los artículos 685 y 873 de la Ley Federal del Trabajo, concretamente de lo que disponen en sus segundos párrafos, se advierte que son causas de prevención al actor, las siguientes: a) Cuando la demanda del trabajador sea incompleta, en cuanto a que no comprenda todas las prestaciones legales que le correspondan conforme a la legislación laboral; y, b) En caso de que la demanda sea obscura o vaga, o que se ejerzan acciones contradictorias. De lo anterior se colige que ambos numerales se refieren exclusivamente a irregularidades contenidas en el propio escrito de demanda; por tanto, si en el encabezado y parte final de dicho documento se asienta un nombre que coincide exactamente con el que obra en la carta poder firmada por el operario, entonces la determinación de la Junta de Conciliación y Arbitraje por la cual admite la demanda en los términos en que se...

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