Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2011 (Tesis num. I.6o.P.133 P de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-09-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.P.133 P
Fecha de publicación01 Septiembre 2011
Fecha01 Septiembre 2011
Número de registro161087
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Septiembre de 2011; Pág. 2124
MateriaPenal,Derecho Penal

Para acreditar el elemento de carácter subjetivo específico, diverso del dolo, integrador del tipo penal de encubrimiento por receptación previsto y sancionado en el artículo 243 del Código Penal para el Distrito Federal (hipótesis de poseer u ocultar objetos del delito), consistente en el conocimiento de que los objetos que se poseen u ocultan proceden de un ilícito, no puede desprenderse del simple hecho de que el inculpado habite el inmueble en donde fueron localizados los objetos, incluso cuando tenga el carácter de propietario o copropietario de aquél, sino que, con base en datos objetivos y mediante un razonamiento lógico, deben verificarse las circunstancias demostrativas que hagan evidente, no sólo que el sujeto activo sabía de la existencia de los objetos y conforme a ello, ejerció un poder de...

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