Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 1 de Mayo de 2007 (Tesis num. II.1o.A.137 A de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 01-05-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.1o.A.137 A
Fecha de publicación01 Mayo 2007
Fecha01 Mayo 2007
Número de registro172547
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Administrativa

Conforme al penúltimo párrafo del artículo 209, del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 31 de diciembre de 2005, el magistrado instructor está facultado para requerir al promovente, cuando advierta que no se adjuntaron a la demanda, la copia de ésta y de los documentos anexos para cada una de las partes, así como el documento con el que acredite su personalidad o en el que conste que le fue reconocida por la autoridad demandada, o señalar los datos de registro del documento con el que la acredite ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa cuando no gestione en nombre propio, y aquel en el que conste el acto impugnado; la constancia de notificación de éste, el cuestionario que debe desahogar el perito, el cual debe ir firmado por el demandante; el interrogatorio para el desahogo de la prueba testimonial, que debe también ir firmado por el demandante en los casos señalados en el último párrafo del artículo 232, del mismo ordenamiento, y las pruebas documentales que ofrezca (requisitos previstos en las fracciones I a VII, del mencionado artículo 209). Ahora bien, conforme al artículo 62, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en materia fiscal según el artículo 5o., del referido código tributario, todas las promociones deberán acordarse a más tardar al día siguiente de presentadas y, en atención al principio de justicia pronta y expedita consignado en el artículo 17, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como al de economía procesal, se concluye que el requerimiento a la parte actora cuando haya sido omisa en los aspectos referidos, debe hacerse al día siguiente de presentada la demanda para...

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