Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Junio de 2007 (Tesis num. I.8o.T.20 L de Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-06-2007 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 2007
Fecha01 Junio 2007
Número de registro172221
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

El reconocimiento de profesionalidad de las enfermedades de trabajo no depende de que los hechos constitutivos de la demanda hayan sido o no controvertidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social al contestarla, sino de su demostración por parte del trabajador, toda vez que las actividades desarrolladas, categorías desempeñadas y el ambiente de trabajo en el que se asegura se efectuaron, son circunstancias personalísimas del demandante; consecuentemente, al no tratarse de hechos propios del citado...

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