Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Junio de 2007 (Tesis num. I.5o.T.233 L de Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-06-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.5o.T.233 L
Fecha de publicación01 Junio 2007
Fecha01 Junio 2007
Número de registro172129
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

De los artículos 30 y 40 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado se advierte que los trabajadores que tengan más de seis meses consecutivos de laborar, tienen derecho a disfrutar de un descanso durante cierto periodo y a que se les pague su salario en forma íntegra, sin detrimento de sus prestaciones, es decir, como si hubieran continuado prestando sus servicios. Por tanto, si en los días en que el empleado suspende sus actividades por tal motivo debe recibir su remuneración completa, es claro que la prima vacacional debe pagarse a razón del treinta por ciento de esa suma también con sueldo íntegro.


QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 2885/2007. P.G.M.V.. 30 de marzo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: R.R.M.. Secretario: J.E.P.V..


Amparo directo 4245/2007. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 30 de marzo de 2007. Unanimidad de votos...

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