Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Julio de 2007 (Tesis num. XX.1o.89 A de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 01-07-2007 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XX.1o.89 A |
Fecha de publicación | 01 Julio 2007 |
Fecha | 01 Julio 2007 |
Número de registro | 172043 |
Materia | Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Administrativa |
El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 28 de junio de 2006, establece el procedimiento para la devolución de cantidades pagadas indebidamente al fisco federal por concepto de impuestos y demás contribuciones; para lo cual es necesaria la solicitud del interesado que constriña a la autoridad hacendaria a resolver el trámite en los plazos y términos establecidos; de igual forma, se aprecia que para verificar la procedencia de la devolución, las autoridades podrán requerir al contribuyente, en un plazo no mayor de veinte días posteriores a la presentación de la solicitud de devolución, datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la petición, con la condición de que si no cumple se le tendrá por desistido de la solicitud de devolución correspondiente; determinación que, en términos del artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, debe de estimarse como definitiva porque no procede recurso alguno en su contra y, por tanto, es impugnable a través del juicio contencioso administrativo, pues la referida disposición esencialmente establece que las...
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Ejecutoria nº 6797-21-17-10-4 de Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 24-03-2022
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