Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 50 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922572
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

En términos del artículo 149, primer párrafo, de la Ley de Amparo, es ajustada a derecho la multa impuesta a la autoridad responsable, en virtud de que ésta no rindió el informe justificado, no obstante que fue debidamente notificada de tal requerimiento, pues aparece el sello de acuse de recibo, con independencia de que no se le adjuntó la demanda de amparo correspondiente, en atención a que esta circunstancia no se encuentra probada y sí, por el contrario, aparece el sello de recibo respectivo, mismo que si bien es cierto no se hace constar que se hubiese dejado aquélla, no menos resulta que es obligación de la autoridad responsable de cerciorarse que se adjunte la demanda de garantías o hacer del conocimiento tal circunstancia al Juez Federal, pues este hecho no justifica a la autoridad por no ser ajena a la controversia...

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