Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 182 de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922421
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

La cláusula 56 del pacto colectivo que rige las relaciones laborales entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y el sindicato de sus trabajadores, establece que si un trabajador es separado injustificadamente de su empleo y demanda la reinstalación, el instituto se obliga al pago de noventa días de sueldo tabular vigente a la fecha de la separación, además del cumplimiento del laudo; lo que debe interpretarse en el sentido de que tal beneficio únicamente procede cuando existe separación de la fuente de trabajo, no así cuando el trabajador es desplazado de una plaza de confianza a una de base.


DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 12213/2002.-Rosa M.V.G..-4 de julio de 2002.-Unanimidad de votos.-Ponente: J.M.H.S..-Secretario: A. de J.O.G..


Véase: Semanario Judicial de la...

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