Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 111 de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922350
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Dado que el artículo 4o., fracción III, inciso a), de la vigente Ley de Pensiones del Estado de Veracruz dispone que: "Para los efectos de esta ley, se entiende: ... III. Por familiares derechohabientes a: a) La esposa, a falta de ésta, la mujer con quien el trabajador o el pensionista haya vivido como si lo fuera durante los tres años anteriores a la muerte de éstos o con la que tuviese hijos siempre que ambos hubiesen estado libres de matrimonio. ...", y que el diverso 29 ibídem estatuye, en lo conducente, que: "Es incompatible la percepción de una pensión otorgada por el instituto y la percepción de cualquier otra pensión concedida por el propio instituto y por el Gobierno del Estado y organismos públicos a que se refiere el artículo 3o. de esta ley y que estén incorporados al régimen del mismo. Es igualmente incompatible la percepción de una pensión con el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión remunerados por tales entidades, siempre que dichos cargos y empleos impliquen la incorporación al régimen de esta ley. ...", de ello se colige que si la actora de un juicio laboral, en su calidad de cónyuge supérstite, reclama el otorgamiento de una pensión por muerte de su esposo, quien fuera trabajador de un Ayuntamiento, y ella es, a su vez, trabajadora activa de una entidad municipal o estatal y, por ese motivo, recibe una remuneración por parte de dicho organismo público, debe decirse que esa circunstancia no constituye la excepción o limitante precisada en esa ley respecto a que exista incompatibilidad para recibir una pensión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR