Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 63 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922302
MateriaDerecho Procesal,Laboral

De conformidad con lo preceptuado por el artículo 802 de la Ley Federal del Trabajo, se reputa autor de un documento quien lo suscribe, entendiendo por suscripción, la colocación al pie del escrito de la firma o huella digital que sean idóneas para identificar a la persona que suscribe; por ello, por regla general, es carga probatoria de quien objeta el contenido de un documento privado aportar los elementos de prueba necesarios para acreditar su objeción entendiendo que si no lo hace, el documento adquiere validez probatoria plena, al no haberse demostrado la objeción argumentada; sin embargo, si del contenido del documento no se desprende firma legible, huella dactilar o elemento alguno que permita identificar al suscriptor, al oferente de la prueba es a quien le corresponde...

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