Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 52 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922291
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

La jurisprudencia 140, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación visible en las páginas 116 y 117, bajo el rubro: "DEMANDA. NO PUEDE AMPLIARSE NI MODIFICARSE CON POSTERIORIDAD A SU CONTESTACIÓN.", hace una interpretación del artículo 878 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que una vez ratificada la demanda y expuesta la contestación, la parte actora no puede modificar su escrito de demanda ratificado; sin embargo, este criterio debe entenderse aplicable única y exclusivamente respecto de la demandada que hizo valer sus excepciones en el juicio, pero no tiene vigencia cuando la ampliación se realiza en relación con una nueva demandada, a quien pudiera resultarle también responsabilidad laboral, en tanto que esto puede ocurrir...

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