Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 46 de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922285
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

La cláusula 99 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre Petróleos Mexicanos y el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, correspondiente al bienio 1999-2001 establece, en lo conducente, que: "El patrón se obliga a proporcionar a sus trabajadores sindicalizados, jubilados y derechohabientes de ambos, en términos de este contrato, atención médica integral en todas sus especialidades, de manera eficiente, eficaz y humanitaria, utilizando para ello los recursos avanzados de la ciencia y tecnología médicas, en forma directa o a través de facultativos o instituciones subrogadas.-Tratándose de las especialidades que se mencionan a continuación, se proporcionarán como sigue: ... Anteojos. El patrón proporcionará, absorbiendo el 100% del costo total, de acuerdo a las tarifas establecidas en servicios ajenos al patrón, prótesis oculares de buena calidad, micas o cristales para lentes, lentes de contacto o intraoculares a trabajadores de planta y jubilados, cuando sean prescritos por el médico del patrón, los cuales deberán ser normales sin ser ostentosos a juicio del patrón. Asimismo, les otorgará una cantidad que no podrá exceder de $270.00 doscientos setenta pesos para el armazón de los anteojos.". De la recta interpretación de esta norma colectiva se desprende, por regla general, la obligación del patrón de asumir el costo total de la tarifa establecida por servicios ajenos a él, de cualquiera de las prótesis oculares que ahí se mencionan, siempre que sean prescritas por el médico del propio patrón y no sean ostentosas, según criterio de éste. Ahora, aun cuando es cierto que atento la tesis 2a. CXLII/2000, derivada de la contradicción de tesis 32/2000-SS, visible en...

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