Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 41 de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro922280
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Al contar la patronal demandada con domicilio en la ciudad en donde laboró el demandante, no puede éste alegar, con base en el artículo 700, fracción II, inciso c), de la Ley Federal del Trabajo, que la competencia se surte a favor de la Junta residente en el lugar en que la demandada tiene asentadas sus oficinas principales para promover ante ella su demanda laboral, dado que el aludido numeral únicamente señala que el actor puede escoger la Junta del domicilio de la demandada, mas no la del lugar en que ésta tenga sus oficinas principales.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 154/2002.-J.M.R.P..-4 de julio de 2002.-Unanimidad de...

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