Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 226 de Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro921715
MateriaDerecho Civil,Penal

A diferencia de la legislación federal que exceptúa a la reparación del daño de la regla general para la aplicación de las penas que le corresponden a los delitos culposos, el Código Penal para el Estado de Quintana Roo no contempla excepción alguna. Por tanto, si el artículo 54 de dicho ordenamiento legal señala, en su primer párrafo, que ese tipo de ilícitos se penarán con prisión de seis meses a siete años, pero sin exceder de la mitad de la que correspondería si el delito hubiese sido doloso y, en su segundo párrafo, establece como regla específica, que las demás penas o medidas de seguridad se aplicarán hasta en la mitad de las correspondientes al delito doloso en cuantía y duración, es inconcuso que la reparación del...

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