Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 239 de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación15 Mayo 2007
Fecha15 Mayo 2007
Número de registro921311
MateriaDerecho Penal,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Constitucional

El artículo 18, párrafos segundo y tercero, de la Constitución Federal, establece una facultad coincidente entre los Gobiernos de la Federación y de los Estados, al determinar la obligación de organizar el sistema penal en sus respectivas jurisdicciones, sujetándose a lo que establezcan las leyes respectivas; de ahí que la Legislatura Local cuenta con facultades para legislar en lo concerniente a la ejecución de las penas derivadas de la comisión de delitos del orden común, previstos en la ley sustantiva penal; lo que evidentemente constituye un deber constitucional y, en esa tesitura, no pueden estimarse inconstitucionales los artículos 557, primer párrafo y 567, fracción IV, del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado, ya que no puede concebirse la facultad de organizar el sistema penal con facultades restringidas, o sea, sin otorgarle facultades a los Estados para crear las...

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