Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1042 de Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917480
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Si dentro de las condiciones generales de trabajo de una dependencia del Estado, se prevé que el empleado sólo podrá ser cambiado de adscripción, entre otras causas, por la desaparición del órgano o unidad a la que estaba asignado, ello revela claramente la posibilidad de reacomodo, al no tratarse de una cancelación de plaza o una terminación colectiva de las relaciones obrero-patronales, como podría observarse de los artículos 433 al 439 de la Ley Federal del Trabajo. De lo anterior se colige que si alguna dirección o departamento llega a desintegrarse, no debe hablarse en sí de la desaparición de la fuente de actividades, ya que al prevalecer la dependencia mencionada, que es a la que finalmente le es prestado el servicio personal subordinado mediante el pago del salario que ella misma efectuaba, tal situación evidencia su responsabilidad del nexo, y no de la sección referida, imperando en tales condiciones lo establecido en el numeral 123, apartado B, párrafo final de la fracción IX, de nuestra Carta Magna, que a la...

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