Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1038 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917476
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

El desahogo de la prueba confesional que se propone a cargo del titular de una dependencia burocrática que tiene el carácter de demandada en el juicio, debe hacerse por medio de oficio conforme a lo previsto en el artículo 127 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del numeral 11 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que señala que las autoridades, las corporaciones oficiales y los establecimientos que forman parte de la administración pública, absolverán posiciones por medio de oficio en el que se insertarán las preguntas que quiera hacerle la contraparte, para que, por vía de informe, sean contestadas dentro del término que señale el tribunal.


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