Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1022 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917460
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Laboral

La decisión de declarar improcedente la caducidad o desistimiento tácito de la acción a que se refiere el artículo 140 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y ordenar la continuación del procedimiento; no puede ser materia de análisis en el juicio de amparo directo en virtud de que dicha hipótesis no se encuentra prevista en ninguna de las fracciones del artículo 159 de la Ley de Amparo, ni es análoga a alguno de los supuestos contemplados en ellas; en cambio, la violación aludida debe considerarse de imposible reparación porque es evidente que al pronunciar el laudo la responsable no podría dejar sin efectos aquella determinación, pues no está facultada para revocar sus propias resoluciones, por lo cual la misma únicamente puede ser reclamada en juicio de garantías ante el Juez de Distrito en...

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