Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1011 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917449
MateriaDerecho Procesal,Laboral

El artículo 813, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, establece que la parte que ofrezca prueba testimonial deberá indicar los nombres y domicilios de los testigos, pero no exige que ese domicilio sea precisamente el particular. Por lo tanto, si quien ofrece un testigo y pide que sea citado por la Junta, señalando para ese efecto el domicilio en el que trabaja, la prueba debe admitirse.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.


Amparo directo 2918/84.-F.U.G..-25 de enero de 1985.-Unanimidad de votos.-Ponente: C.E.M..


Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 193-198, Sexta Parte, página 172, Tribunales Colegiados de Circuito.


Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 47/2004-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 81/2004, que aparece...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR