Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 922 de Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917360
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

El artículo 967 de la Ley Federal del Trabajo es bastante claro en su redacción y no requiere de interpretación, al señalar en su segundo párrafo que: "Antes de fincarse el remate o declararse la adjudicación, podrá el demandado liberar los bienes embargados, pagando de inmediato y en efectivo el importe de las cantidades fijadas en el laudo y los gastos de ejecución."; por lo que es ilegal la consideración de que el pago debe realizarse dentro de la audiencia de remate, antes de que concluya para poder liberar los bienes embargados, pues resulta claro del precepto legal citado, que el pago puede efectuarse antes de fincarse el remate o declararse la adjudicación, y si como en la especie, celebrada la audiencia de remate, el presidente de la Junta responsable determinó que debería fincarse el remate en favor del postor preferente, una vez que exhibiera el total de su postura, por haber consignado sólo el 10% del valor de los bienes, lo que debería realizar dentro del...

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