Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 869 de Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917307
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Es inexacto que en todos los casos que se reclame el beneficio que establece la fracción I de la cláusula ciento cincuenta y cuatro del contrato colectivo de trabajo relativo, sea un requisito indispensable para el trabajador exhibir, con su petición, el contrato de mutuo con interés por concepto de compra, construcción o ampliación de casa habitación ante institución bancaria debidamente reconocida, pues en la cláusula ciento cincuenta y cuatro de dicho contrato colectivo de trabajo se determina, en lo que interesa, que: "Para contribuir en la solución del problema habitacional, el patrón directamente o a través de institución bancaria autorizada, apoyará financieramente a los trabajadores de planta, con una antigüedad general de empresa mínima de 3 años por una sola vez con cualquiera de los beneficios siguientes: I. Aportación financiera.- Equivalente a los intereses que se generen en operaciones realizadas a través de instituciones bancarias, y se destinen a la compra, construcción o ampliación de casa habitación, siendo ésta hasta por la cantidad de N$15,000.00 -quince mil nuevos pesos-" y en los incisos d) y e) del artículo primero del anexo cinco del Reglamento del Programa Institucional de Vivienda y su Aportación Financiera se precisan también diversos requisitos para obtener el otorgamiento de esa prestación, como son: "Artículo 1o. La aportación financiera que establece la cláusula 154 en su fracción I, se otorgará por medio del patrón a los trabajadores de planta y jubilados en un solo pago y por una sola vez, para lo cual deberán de satisfacer los siguientes requisitos: a) Ser trabajador de planta y registrar una antigüedad general de empresa mínima de tres años.-b) No habérsele otorgado ninguno de los beneficios que señala la cláusula 154 en sus fracciones I, II y III de este contrato.-c) Presentar la solicitud...

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