Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 848 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917286
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Es facultad de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios otorgar la jubilación en todo tiempo a su personal de confianza que no pueda reubicarse, si acreditan aquéllos los años de servicios necesarios para obtener ese beneficio, con dispensa de condición de edad, en términos del artículo 85 del Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza que labora para esa paraestatal u organismos subsidiarios.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.


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