Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 847 de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917285
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

El artículo 64, fracción III, de los Estatutos Generales del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, establece que al jubilarse un trabajador se correrá el escalafón respectivo y el último puesto vacante será otorgado al hijo, hija, hijo adoptivo, hermano o hermana que tenga registrado o señale en el momento de su jubilación. Ahora bien, aun cuando efectivamente esa disposición es proteccionista de los familiares que dependan del trabajador de planta que llegue a jubilarse, conviene aclarar que conforme a su contenido el beneficiario no necesariamente tiene que ser...

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