Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 802 de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917240
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Los artículos 31, fracción XVII, y 48 fracción V, de la Ley Orgánica Municipal señala que los nombramientos que expidan los presidentes municipales, deben ser aprobados en sesión de Cabildo, situación que si falta no produce la nulidad del nombramiento cuando el Ayuntamiento admite la existencia de la relación laboral, máxime que el documento es reconocido en su contenido y firma por las personas que lo otorgaron.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.


Amparo directo 1282/95.-H. Ayuntamiento de Teoloyucan, Estado de México.-10 de enero de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: R.S.S..-Secretario: A.A.O..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, febrero de 1996, página 447, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis II.2o.C.T.8 L.

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