Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 785 de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro917223
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Si el acuerdo que señala fecha para verificar la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, aparece firmado por los integrantes de la Junta, aun cuando no se especifiquen los nombres de cada uno de ellos, es válido, porque tal requisito no lo exige el artículo 839 de la ley obrera, en cuya virtud, no sería correcto negarle eficacia a una actuación derivada de ello, porque lo trascendental es la existencia de la firma de quienes intervinieron en el acto.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN...

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