Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1505 de Cuarto Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro915113
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Civil

El hecho de que la parte demandada acredite en un juicio ejecutivo mercantil, mediante la excepción a que se refiere la fracción VI del artículo 8o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, que se alteró el texto de un pagaré, en la parte relativa a la cantidad, poniendo una diferente a la que suscribió y se obligó el deudor, no lo priva del carácter de título ejecutivo, ya que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del propio ordenamiento, los signatarios posteriores se obligan según los términos del texto alterado, y los signatarios anteriores, en los del texto original, por lo que si se admite la existencia de la obligación por una cantidad determinada, el obligado debe responder por ella, a pesar de que se demuestre la alteración.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 220/97.-A.S. Espinoza.-23 de mayo de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: T.O.L.: R.M.M..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., septiembre de 1997, página 743...

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