Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1360 de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914968
MateriaDerecho Procesal,Civil

Partiendo de la premisa de que, la publicación de los edictos en la forma ordenada por la ley, es una garantía que se otorga en favor de los deudores o ejecutados, para el efecto de que, por virtud del anuncio correcto de la venta judicial, puedan enterarse y concurrir los interesados como postores para el remate, resulta indudable que, si en la publicación de uno de ellos, concretamente, el último de los publicados en el periódico de mayor circulación en la localidad, no contiene de manera completa la fecha señalada para la celebración de la almoneda, sí desembocó en un incorrecto llamado a los postores, y no se puede reducir a considerarlo como un simple error de imprenta, que quedó subsanado con la publicación de los anteriores edictos en el mismo periódico, así como, con el anuncio del remate en los demás medios ordenados por el Juez. Esto es así, porque la publicación de cada edicto, en cada uno de los medios empleados para ello, significa una nueva oportunidad para que los interesados puedan enterarse de la celebración de la venta judicial que se va a celebrar, oportunidad que como...

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