Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1347 de Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914955
MateriaDerecho Procesal,Civil

La circunstancia de que el representante común de los demandados haya interpuesto el recurso de apelación por sí y en representación de los demás demandados, y que al seguir el recurso en la alzada exprese agravios por propio derecho y no a favor de quienes representa, debe considerarse como una falta irrelevante, en virtud de que el artículo 53 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chiapas, señala que basta ser persona designada como representante común de las partes, para que se goce de las mismas facultades a nombre de sus representados como si lo hiciera exclusivamente por propio derecho, máxime que cuando dichas partes oponen la misma excepción, deben litigar unidas con igual representación...

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