Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1039 de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914647
MateriaDerecho Civil,Civil

En los términos del artículo 1194 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala, si se impugna la capacidad legal de algún heredero se sustanciará el juicio correspondiente, sin que por dicho juicio se suspenda el inventario y avalúo de los bienes; por tanto, si en la sucesión intestamentaria el Juez natural declara que una persona es heredera del de cujus, los derechos derivados de esa declaración no se suspenden porque se promueva el juicio de oposición a que se refiere el precepto invocado, en razón de que éste así lo dispone y además, porque se le dejaría en estado de indefensión al no poder intervenir en la formulación de...

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