Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1035 de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914643
MateriaCivil

Si bien es cierto que de conformidad con el artículo 267 del Código Civil del Estado de México, tratándose de divorcio, corresponde al cónyuge inocente la guarda y custodia de los hijos habidos en el matrimonio; también lo es que esto no significa que tal disposición se aplique indiscriminadamente a todos los casos, porque el mismo precepto legal establece una excepción cuando dispone que el Juez puede discrecionalmente, acordar de oficio cualquier providencia que considere benéfica para los hijos, lo que implica que el juzgador debe cuidar que la resolución que emita en este sentido, sea acorde a los intereses de los menores.


SEGUNDO TRIBUNAL...

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