Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 935 de Primer Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914543
MateriaDerecho Civil,Civil

Una interpretación literal de la fracción XV del artículo 141 del Código Civil del Estado, que corresponde en su texto a la diversa fracción XVI del artículo 267 del Código Civil del Distrito Federal, que a la letra dice: "Son causas de divorcio: ... XV. Cometer un cónyuge contra la persona o los bienes del otro, un acto que sería punible si se trata de persona extraña, siempre que tal acto tenga señalada en la ley una pena que pase de un año de prisión.", se infiere que para que esa causal pueda operar, el acto que se atribuye al cónyuge demandado no debe ser susceptible de sancionarse penalmente, pero sí lo sería si se cometiere por un tercero; en tal virtud, si la conducta que realizó la demanda constituye el delito de fraude procesal previsto por el artículo 272 del Código Penal de la entidad, el cual se persigue de oficio y puede ser sancionado trátase o no de cónyuge, con cinco años de prisión y multa de cinco mil pesos, es indudable que en la especie no se actualiza la causal de divorcio de...

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