Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 747 de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914355
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Civil

La lectura del artículo citado pone de manifiesto que a fin de que una institución de crédito tenga acceso a la vía ejecutiva sin que sea tenedora de un título de crédito, sólo necesita exhibir, como documentos fundatorios, el contrato respectivo junto con la certificación contable (o sea, no se requiere adjuntar los pagarés que se hubieran expedido con motivo de las disposiciones). Sin embargo, este colegiado considera que la presentación de tales documentos es insuficiente para tener por demostrado el adeudo del capital que se reclama cuando la parte demandada niega haber dispuesto del monto que se le demanda, toda vez que se le exigiría la demostración de un hecho negativo. Luego, ante esa negativa es obvio que se revierte la carga de la prueba y es al banco a quien corresponde acreditar que el cliente utilizó la cantidad...

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