Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 740 de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914348
MateriaDerecho Civil,Civil

La causahabiencia no es otra cosa más que la sustitución del titular de un derecho por otro; pero implica que se trate del mismo derecho. Así, el titular de un derecho de propiedad es causante del comprador respecto del bien materia del contrato; el de cujus resulta causante en relación a los adjudicatarios; el que permuta es causante de su contraparte, y así en cualquier acto traslativo de dominio. En tratándose de posesión derivada, el arrendatario es causante del subarrendatario, quien resulta causahabiente de aquél. Empero, cuando un bien inmueble es materia de un contrato traslativo del derecho de posesión, entonces el cambio de propietario por compraventa o cualquier otro acto jurídico, no produce una causahabiencia entre el anterior propietario, pues el tema propiedad sólo produce esa causahabiencia respecto del comprador, el cual queda subrogado por ley al anterior propietario en la...

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