Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 669 de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914277
MateriaDerecho Civil,Civil

El artículo 2399 del Código Civil para el Distrito Federal preceptúa que la renta o precio del arrendamiento puede consistir en una suma de dinero o en cualquier otra cosa equivalente, con tal que sea cierta y determinada. Por tanto, aun cuando sea cierto que en el contrato las partes pactaron que la arrendataria pagaría a la arrendadora una suma determinada de dinero mensual, así como que en caso de que la inquilina no entregara la localidad al término del contrato se obligaría a pagar un incremento de la renta conforme al índice de inflación publicado por el Banco de México, S.A. del año en vigor, tal acuerdo de voluntades no se contrapone con lo dispuesto por el precepto citado, pues al celebrarse el contrato de arrendamiento se fijó como renta una cantidad cierta y determinada durante el año de su vigencia. El señalamiento de cada incremento de los pactados para que operase por los años siguientes, de acuerdo al índice mencionado, no significó la formulación de un nuevo contrato de arrendamiento entre las partes, sino la continuación del mismo, y éste se ajustó a lo previsto por la ley de la materia. El incremento de la renta pactado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR