Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 582 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914190
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Civil

Si durante el trámite del juicio de garantías, se demuestra que el quejoso fue legalmente notificado de un acuerdo dictado dentro del procedimiento civil en el que fue parte demandada, debe considerársele sabedor de la existencia de la demanda instaurada en su contra, aun cuando el emplazamiento inicial hubiere resultado defectuoso, siendo a partir de la fecha en la que le fue notificada aquella providencia de trámite, que deben computarse los términos previstos por los artículos 21, 22 y 218 de la Ley de Amparo para la interposición de su demanda de garantías en contra de su ilegal emplazamiento, sin que tenga la facultad de esperar hasta que sus bienes o derechos se vean afectados por la sentencia que cause...

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