Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 570 de Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914178
MateriaDerecho Civil,Civil

No existe disposición del derecho positivo que establezca que el nombre del hijo legítimo se integre con los apellidos paternos de los progenitores varón y mujer, en su orden; pero en nuestro país y particularmente en el Estado de Oaxaca, es una regla de derecho consuetudinario, una costumbre inveterada, socialmente acogida, que goza y está dotada de fuerza jurídica obligatoria, por cuanto que su práctica constante y prolongada en el tiempo, como modo normal de proceder, está investida tanto por el poder público como por la colectividad, de reconocimiento tácito, de imperatividad y observancia, en la convicción de cual si se tratare de una disposición legislativa, por la fuerza de su aplicación por parte de los órganos del Estado, como lo es la institución jurídica de carácter público y de...

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