Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1281 de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912846
MateriaSuspensión (ADM)

Si los medicamentos son productos de primera necesidad, la fijación, control y vigilancia de los precios a los que deben ser vendidos tienen como finalidad proteger y beneficiar a la colectividad, cuyo interés en evitar abusos y la anarquía en la fijación de los precios de los medicamentos es indudablemente de carácter social por lo que al concederse la medida suspensiva el interés social se ve afectado, contraviniendo lo dispuesto expresamente en la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo, ya que la función social encomendada a las autoridades competentes de la secretaría del ramo de fijar, controlar, vigilar y, en su caso, sancionar la violación de los precios de los medicamentos, quedaría paralizada, con el consiguiente perjuicio para toda la población consumidora de dichos productos de primerísima necesidad, dado que el suministro a la población de tales productos es imperioso garantizarlo a precios razonables, que sólo la autoridad competente puede fijar, por su carácter de institución pública, los cuales de ninguna manera pueden quedar al arbitrio de las empresas privadas que los producen, ya que a éstas las anima un interés particular que es contrario al interés social, por tratarse de productos que son indispensables para la conservación o recuperación de la salud de la...

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