Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1254 de Tribunal Colegiado del Octavo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912819
MateriaDerecho Civil,Suspensión (ADM)

Si bien es cierto que tratándose del cumplimiento y la ejecución de las resoluciones presidenciales dotatorias o ampliatorias de ejidos, o que crean un nuevo centro de población, en beneficio de campesinos con derechos a salvo, es improcedente conceder la suspensión, porque dichos fallos son de interés público, es inexacto que la suspensión en materia agraria no proceda en casos en los que con las resoluciones de creación de nuevos centros de población ejidal, se pueda afectar una pequeña propiedad amparada con certificado de inafectabilidad, toda vez que el certificado de inafectabilidad constituye, al igual que la resolución de creación de nuevos centros de población ejidal, el reconocimiento, de parte del Estado, a través de una resolución emitida, en ambos casos, por el presidente de la República, del derecho que tienen los particulares interesados para la explotación agrícola y ganadera sobre predios rústicos; y por tanto, la sociedad se encuentra directa y altamente interesada, tanto en el caso de pequeños propietarios con certificados de inafectabilidad, estén o no en explotación, como en el caso de ejidatarios que hayan obtenido resolución favorable de dotación o ampliación de ejidos, o de creación de nuevos centros de población, en que no se afecte a ninguno, puesto que ambos, el pequeño propietario y la comunidad ejidal, tienen reconocidos auténticos derechos; y además, porque de afectarse esos derechos se contravendrían disposiciones de orden público, como lo viene siendo el artículo 27 constitucional, precepto que es el que sirve...

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