Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1224 de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912789
MateriaDerecho Fiscal,Fiscal (ADM)

Conforme al texto del segundo párrafo del artículo 6o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado el saldo a favor obtenido por el contribuyente en la declaración de un ejercicio puede acreditarlo en la declaración posterior a aquella en la que se detectó u obtuvo el saldo a favor. Declaración que por otra parte puede ser normal o complementaria, toda vez que del precepto en comento no se advierte limitación alguna en cuanto a esa circunstancia.


SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.


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