Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1201 de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912766
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Fiscal (ADM)

Si el recurrente consideró que la sentencia impugnada había sido notificada en forma indebida, previamente a la promoción del recurso de revisión, debió haber obtenido la nulidad de dicha diligencia. Es decir el recurrente, para no quedar en estado de indefensión debió promover ante la Sala responsable, el incidente de nulidad de notificaciones previsto por los artículos 217 fracción III y 223 del Código Fiscal Federal, para que en su caso, se ordenara la reposición de la notificación ilegal, y así el término para la interposición del recurso de revisión comenzara a correr a partir de la nueva notificación; pero al no hacerlo así, es claro que la...

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