Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1182 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912747
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Fiscal (ADM)

De la correcta interpretación del artículo 18 del Reglamento del Artículo 274 de la Ley del Seguro Social (según reforma del 27 de julio de 1979, publicada el 3 de agosto de ese año), se desprende que el presidente del consejo técnico o del consejo consultivo delegacional, en su caso, está obligado a firmar los acuerdos por los que se aprueben, modifiquen o desechen los proyectos elaborados por la unidad de inconformidades o servicios jurídicos delegacionales, en tanto que las resoluciones que pongan fin a los recursos de inconformidad, que en su materialidad corresponden a acuerdos tomados por alguno de estos consejos, serán autorizadas por el secretario general del instituto o por el Secretario del Consejo Consultivo Delegacional, según el caso, en consecuencia...

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