Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1164 de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912729
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Fiscal (ADM)

El artículo 277 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al Código Fiscal de la Federación, según su artículo 5o., dispone: "Los interesados pueden presentar una copia más de sus escritos, para que se les devuelva firmada y sellada por el secretario, con anotación de la hora y fecha de presentación.". Del precepto transcrito se desprende que los interesados pueden presentar una copia más de sus promociones para que se les devuelva con la anotación de la fecha y la hora de su presentación, la cual debe estar sellada y firmada por el secretario (entendiendo que, tratándose de un órgano administrativo esa función puede realizarla el oficial de partes o el empleado encargado de recibir promociones en la dependencia de que se trate); lo anterior, con el objeto de conferir a los ocursantes el derecho de preconstituir una prueba de la presentación de sus promociones. Ahora bien, aunque el citado precepto se refiere a los escritos que presenten los interesados, es aplicable por analogía a los anexos de dichos escritos. Por tanto, si la copia del escrito de interposición del recurso de revocación, que exhiba la...

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