Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1100 de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912665
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Fiscal (ADM)

El trámite que se inicia con el pedimento de importación formulado por el particular interesado conjuntamente con el agente aduanal que ha designado para el despacho de mercancías, concluye con la entrega de éstas, previo reconocimiento aduanero practicado con el fin de que la autoridad hacendaria a través de su vista aduanal, establezca si lo declarado por el particular y su agente aduanal, en el susodicho pedimento, concuerda realmente con la mercancía objeto de la importación y determine los impuestos correspondientes; la circunstancia de que no se formule objeción alguna debe estimarse que con esa actitud tácitamente está aceptando que lo declarado por el particular concuerda con la mercancía importada, materia del despacho aduanero; y si bien el artículo 116 de la Ley Aduanera faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a comprobar con posterioridad al despacho la exactitud de los datos comprendidos en los pedimentos, en cualquier momento, y a determinar en cantidad líquida los impuestos y los derechos omitidos...

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