Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1037 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912602
MateriaDerecho Civil,Fiscal (ADM)

El artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que regula el procedimiento para hacer exigibles las fianzas que se otorguen a favor de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados y los Municipios, exige que al requerimiento de pago que se formule a la afianzadora se acompañen los documentos que justifiquen la exigibilidad de la fianza; por su parte, el artículo 1o., inciso d) de su reglamento, conmina a anexar la liquidación formulada, por el monto del crédito u obligaciones exigibles y sus accesorios legales. Del texto de los preceptos citados se desprende que la exigencia de acompañar la liquidación de mérito, no se puede satisfacer insertando la determinación del crédito o de la obligación en el propio requerimiento o en alguno de los demás documentos que enumera el artículo 1o. del reglamento, ya que tal liquidación debe obrar por separado como lo manda el propio precepto legal. Además, es al través de la liquidación por separado, debidamente...

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