Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1002 de Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912567
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Fiscal (ADM)

Una correcta interpretación de los artículos 3o. y 5o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación que disponen, respectivamente: "Las vías generales de comunicación y los medios de transporte que operen en ellas quedan sujetos exclusivamente a los poderes federales ..." y "Corresponderá a los tribunales federales conocer de todas las controversias del orden civil en que fuere parte actora, demandada o tercera opositora una empresa de vías generales de comunicación, así como de los delitos contra la seguridad o integridad de las obras o contra la explotación de las vías, y los que se intenten o consumen con motivo del funcionamiento de sus servicios, o en menoscabo de los derechos o bienes muebles o inmuebles propiedad de las empresas o que estén bajo su responsabilidad.", en relación con los diversos 19 y 20 de la Ley Orgánica de Ferrocarriles Nacionales de México, que a la letra, respectivamente, dicen: "Ferrocarriles Nacionales de México, estará sujeto a las obligaciones que, conforme a la legislación sobre vías generales de comunicación correspondan a las empresas de ferrocarriles, ..." y "Las controversias en que sea parte Ferrocarriles Nacionales de México, serán de la competencia exclusiva de los tribunales federales.", permiten establecer que en el caso de que una autoridad municipal cobre a Ferrocarriles Nacionales de México el impuesto predial respecto de un inmueble de su propiedad, ese organismo no está obligado a agotar el juicio administrativo establecido en la Ley de Justicia Administrativa del Estado, por tener el carácter de local, ni resulta aplicable en el caso particular la jurisprudencia de este órgano colegiado número VII.A.T. J/21 y rubro: "JUICIO PREVISTO POR LA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR