Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 994 de Tribunal Colegiado del Octavo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912559
MateriaDerecho Fiscal,Fiscal (ADM)

De conformidad con el artículo 11, fracción II, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se considera efectuada la enajenación de un bien, para los efectos de la relatada carga tributaria, en el supuesto en que se pague total o parcialmente el precio correspondiente, con las salvedades que la propia ley señale; por tanto, si en una operación, el retenedor del anotado impuesto, realizó enajenaciones en que recibió un pago parcial inicial, o anticipo, y llevó a cabo la entrega del bien respectivo, al adquirente, antes de que transcurriera el plazo de tres meses, contado a partir del momento en que recibió el susodicho anticipo de acuerdo con lo que establece el artículo 12, párrafo cuarto, del ordenamiento legal invocado, debe concluirse que es en el primer momento, es decir, cuando se cubrió, aun parcialmente, el precio, cuando se tiene por efectuada la enajenación, y por tanto, debe cubrirse el impuesto respectivo desde luego, y sobre el monto total del precio pactado, en atención a que la excepción consagrada por el precepto legal citado en segundo término, únicamente se refiere...

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