Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 908 de Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro912473
MateriaDerecho Fiscal,Fiscal (ADM)

Cuando una visita domiciliaria tiene por objeto verificar el correcto cumplimiento de disposiciones fiscales en relación con la obligación de expedir comprobantes por las actividades que realiza un particular, en cumplimiento al artículo 16 de la Constitución General de la República, y 49 fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, deben asentarse detalladamente las actividades que el visitador observe lleva a cabo el visitado, los hechos o pruebas que acrediten que el particular expide o no los comprobantes fiscales relativos a la actividad que realiza, de tal suerte que cuando la autoridad administrativa determina el incumplimiento del visitado basándose en el dicho de un testigo, pueden presentarse varias hipótesis, a saber: a) Cuando en el acta de visita se consigna el nombre, domicilio y registro federal de contribuyentes del testigo, el acta se encuentra debidamente circunstanciada; b) Cuando en el acta se asienta el nombre y domicilio del testigo, también debe considerarse que se cumple con el requisito de circunstanciación, pues se permite al visitado ubicar a quien declara en su contra; c) Cuando en el acta de visita se consigna el nombre y registro federal de contribuyentes del testigo, también se cumple con el requisito de circunstanciación del acta, en tanto el visitado puede obtener de la autoridad hacendaria los datos necesarios para ubicar al testigo; d) Cuando en el acta correspondiente únicamente se señala el nombre del testigo, pero existe confesión del visitado en el sentido de que incurrió en la omisión de expedir comprobantes fiscales por las actividades que realiza, la circunstanciación del acta la constituye la razón puesta en la misma atinente al conocimiento que toman los visitadores de la manifestación del visitado; y, e) Cuando en el acta de visita sólo se consigna el nombre del testigo que señala la omisión del contribuyente, sin precisar otros...

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